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Ayudas de la Xunta al establecimiento de nuevos comercios 2014

La Xunta acaba de publicar en el DOGA la resolución para las ayudas a nuevos establecimientos comerciales aprobada el pasado 27 de diciembre. Un impulso para todos los que tienen la intención de lanzarse a vender.

No queremos empezar sin recordar alguna de nuestras enseñanzas anteriores:

  • Nunca tengas en cuenta la subvención a la hora de valorar si un negocio es viable o no
  • Nunca cuentes con la subvención para comer ni con que va a llegar a tiempo para nada

Entendido esto… comenzamos.

Se trata de una línea de ayudas a nuevos establecimientos comerciales; actuaciones realizadas y pagadas desde el 1 de noviembre de 2013. Las ayudas se prolongan hasta el 10 de noviembre próximo; pero hay que solicitarlas antes del 30 de junio. Para ello se ha puesto a disposición de todos los que quieran optar a ellas los formularios en web.

Las ayudas pueden abarcar los siguientes conceptos:

  • Acondicionamiento de Locales Comerciales (sólo la sala destinada a ventas) de hasta 150m2 con hasta 12.000€ que no supongan más del 50% de la inversión total.

    Por acondicionamiento se entienden obras de reforma y rehabilitación en suelos, techos y paredes; fachadas o construcción de escaparates; y no sistemas e instalaciones de alarma, antiincendios, acondicionamieto/climatización, iluminación, etc.

  • Imagen exterior, mobiliario y equipamiento destinado a la venta; con hasta 6.000€ que no suponga más que el 50% de la inversión total.

    Por imagen exterior se entienden rótulos, banderolas, toldos y otros elementos de señalización. Por mobiliario y equipamiento se entienden muebles fijos o portátiles expositores de productos y otros especializados como neveras expositor; excluyéndose el material informático, monitores, TVs, impresoras o similares.

  • Elementos de tecnologías de la información y la comunicación: Sistemas de pago, Paquetes de Software de Gestión y páginas web comerciales; con hasta 2.000€ que no supongan más del 50% de la inversión total

3 LOCAL COMERCIAL OBRA (Large)Los beneficiarios de las ayudas pueden ser personas físicas o jurídicas bajo cualquier forma societaria; pero siempre manteniendo los límites para PYMEs y autónomos que marca el reglamento que rige las ayudas.

Deberán estar dados de alta en el Registro Galego de Comercio y en alguno de los epígrafes de comercio al por menor; para prácticamente cualquier tipo de producto e, incluso, en el epígrafe 663 “fuera de un establecimiento comercial permanente”.

Ya hemos hecho la consulta para ver cómo se aclara eso; si puede haber ayudas para la construcción de elementos portátiles (ferias, vehículos…) o algún tipo de ayuda para sinalética en temas de comercio electrónico asimilables al concepto de “imagen exterior”.

Los criterios por los que se otorgarán puntos a cada una de las propuestas serán valorados de la siguiente manera:

  • Cobro con tarjeta y otros medios de pago electrónicos: 2 puntos
  • Adhesión al Sistema Arbitral de Consumo: 2 puntos
  • Ser comercio asociado a alguna Asociación Empresarial o de Comerciantes registrada o pertenecer a algún Centro Comercial Aberto: 2 puntos
  • Si el titular en mujer: 1 punto
  • Si el titular está en situación de desempleo: 3 puntos
  • Si el comercio se pretende establecer en concellos con menos de 5000 habitantes: 2 puntos
  • Si el comercio se pretende establecer en concellos pertenecientes a las comarcas recogidas en el Plan IMPULSA Lugo, Plan IMPULSA Ourense, Plan Ferrol – Eume – Ortegal o Plan REVIVE Costa da Morte: 2 puntos

Una vez valoradas las propuestas, en caso de empate a puntos, su ordenación atenderá a los siguientes criterios:

  1. Si el titular está en situación de desempleo
  2. La propuesta que precise de menor cuantía
  3. Estar ubicada en algun concello de menos de 5000 habitantes o perteneciente a los Planes IMPULSA

Para solicitar la subvención, además de las certificaciones reglamentarias de las Consellerías, Hacienda y la Tesorería General de la Seguridad Social; deberá aportarse la siguiente documentación:

  • Memoria de las actividades para las que se solicita la subvención:
    • Memoria Descriptiva: incluyendo planos y fotografías
    • Memoria de objetivos: ¿Qué es lo que se pretende lograr con las inversiones objeto de subvención?
    • Valoración: presupuesto con el suficiente nivel de desglose para que se pueda comprobar que los conceptos englobados se corresponden con actividades subvencionables
  • Facturas o Facturas Proforma con el suficiente nivel de desglose de los gastos previstos
  • Título de propiedad, cesión o donación; contrato de alquiler y permisos para las obreas de reforma/rehabilitación

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Soy José Enrique Santos, Socio Fundador de artabria comunicación y responsable de este blog.

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Para que le conozcáis un poquito mejor, Jose es un aventurero al que le encanta recorrer Galicia en su autocaravana. Además, muchos de los coworkers ya hemos disfrutado de ella para escaparnos algún fin de semana que otro ¡y nos encanta! Pero como no todo en esta vida es ocio, Jose también está al frente de dos innovadores proyectos que crecen día a día gracias a su labor. ¿Queréis saber más?