La Ley 9/2013 del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia introdujo una serie de novedades importantes en la legislación aplicable a las aperturas de negocios, concesión de licencias de obra y actividad y los procesos administrativos necesarios para ello.
Un poco a lo bruto, podemos decir que crea la posibilidad de que el emprendedor se responsabilice del cumplimiento de la normativa aplicable con una “declaración responsable” para lograr las licencias de obra, actividad y apertura en tiempo record.
Para vigilar el cumplimiento de la legislación sectorial que obligue el uso o la actividad (en el caso de actividades calificadas) se crean las ECCOM: una suerte de control técnico.
De lo que no se exime al inversor es del cumplimiento de todo lo que obliga la ley… así que con espera o sin ella, es evidente que necesita contar con un buen proyecto de actividad que garantice que no existirán problemas cuando se pase la inspección.
Es más; ante la ausencia de control en el Colexio Profesional correspondiente, la dirección de obra carga con toda la responsabilidad, así que diríamos que hace falta un “muy buen” proyecto.
Sin embargo, en el caso de actividades no calificadas, llega con la solicitud de apertura y, en su caso, de obra; apoyada en unos planos del estado actual y un presupuesto económico de las reformas que se planteen.
Tanto para un caso como para otro, podeis contar con nuestra ayuda; que incluirá, además, el proyecto de implantación de imagen corporativa: colores, señalización, exposición, etc.